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Guía · Tus derechos

Derecho de desistimiento en los créditos al consumo: plazos, excepciones y errores

La ley te da 14 días naturales para dejar sin efecto un crédito al consumo ya firmado, sin dar motivos ni pagar penalización. Cuentan desde la firma o desde que recibes las condiciones, y después tienes 30 días para devolver el capital con los intereses de los días que tuviste el dinero.

Actualizado el 14 de septiembre de 2026 Próxima revisión antes del 14 de septiembre de 2027 5 min de lectura Equipo editorial de Prestavia · revisado por Área Legal y de Cumplimiento de Prestavia

Lo esencial

  • 14 días naturales desde la firma, o desde que recibes las condiciones del contrato si llegan después.
  • La ley excluye, entre otros, los créditos de menos de 200 € y los que no tienen intereses ni gastos.
  • Cuenta la fecha en que envías el aviso, por un medio que deje constancia.
  • Devuelves capital e intereses de los días usados en un máximo de 30 días naturales desde el aviso.

¿Qué es el derecho de desistimiento?

Es la facultad de dejar sin efecto un contrato de crédito ya firmado, sin explicar por qué y sin penalización. Lo regula el artículo 28 de la Ley 16/2011 (sitio externo), de contratos de crédito al consumo. Tu única obligación es devolver lo recibido con los intereses de los días en que lo tuviste. El prestamista no puede pedirte otra compensación, salvo gastos no reembolsables que haya pagado a la Administración.

Es un derecho de la persona que contrata como consumidora y no depende de la buena voluntad del prestamista. Vale igual para un préstamo firmado en una oficina que para uno contratado por internet, y al desistir quedan también sin efecto los servicios accesorios ligados a ese contrato.

¿A qué créditos no se aplica?

La Ley 16/2011 no cubre todos los créditos. Su artículo 3 deja fuera, entre otros, los de importe total inferior a 200 €, los concedidos sin intereses y sin ningún otro gasto, y los garantizados con hipoteca, que tienen su propia normativa.

La Directiva (UE) 2023/2225 (sitio externo), que los Estados deben aplicar desde el 20 de noviembre de 2026, extiende la protección a los importes pequeños. La norma española que la incorpore concretará los detalles.

Que la ley no obligue no impide que un prestamista reconozca el desistimiento en su contrato. En Prestavia forma parte de las condiciones de los dos productos, también en importes pequeños y en el primer préstamo con promoción. El procedimiento está en cómo desistir de tu préstamo.

¿Cómo se cuentan los 14 días?

Se cuentan días naturales, con sábados, domingos y festivos, y el día de partida no entra en la cuenta. Es la regla general del artículo 5 del Código Civil para los plazos por días: el primer día del plazo es el siguiente a la firma.

El día de partida es el de la firma, salvo que las condiciones del contrato y la información obligatoria te lleguen después. En ese caso el plazo cuenta desde que las recibes. Si firmas el 14 de septiembre de 2026, el último día sería el 28 de septiembre de 2026; si las condiciones te llegan el 17 de septiembre de 2026, pasa a ser el 1 de octubre de 2026.

Lo que vale es la fecha en que envías el aviso. Si lo mandas el último día por email o en otro soporte duradero, llegas a tiempo aunque el prestamista lo lea al día siguiente. El día en que recibes el dinero no mueve el plazo, pero sí cuenta para los intereses.

¿Cómo se comunica el desistimiento?

La ley pide que avises al prestamista antes de que acabe el plazo, siguiendo las indicaciones del contrato y por un medio que deje constancia: en papel o en otro soporte duradero, como un email que puedas guardar. No hace falta dar motivos. Una llamada no deja constancia de lo que dijiste ni de cuándo.

En Prestavia hay tres vías: un email a clientes@prestavia.es con el asunto «Desistimiento», el área de cliente, dentro del préstamo, o una carta a nuestro domicilio social (Calle de Velázquez, 53, 28001 Madrid, España). Por teléfono o WhatsApp te orientamos, pero no sirven para desistir. El formulario que prepara el aviso está en cómo desistir de tu préstamo.

¿Qué tengo que devolver si desisto?

Devuelves el capital recibido y los intereses al tipo pactado desde el día en que dispusiste del dinero hasta el día en que lo devuelves. No hay comisión por desistir. El plazo para pagar es de 30 días naturales desde que envías el aviso: si avisas el 19 de septiembre de 2026, debes haber devuelto el dinero como tarde el 19 de octubre de 2026.

Con interés simple por días, la cuenta es capital × TIN × días / 365. Un préstamo de 1.000 € al 36 % de TIN devuelto a los 10 días genera 9,86 € de intereses. Si el crédito no tiene intereses, devuelves solo el capital. En un préstamo a cuotas no esperas a la primera cuota: devuelves de una vez el capital y los intereses de los días transcurridos.

Cuanto antes devuelvas, menos intereses pagas. Los importes con los préstamos de Prestavia, con ejemplos para cada producto, están en qué devolver si desistes.

Errores que pueden hacerte perder el derecho

  • Devolver el dinero sin avisar. Una transferencia sola no deja constancia de que desistes y puede tratarse como un pago del préstamo.
  • Anular la domiciliación creyendo que así se cancela el contrato. Solo impide ese cobro. La deuda sigue ahí y el recibo puede quedar impagado.
  • Contar el plazo desde que llega el dinero. Cuenta desde la firma, o desde que recibes las condiciones si es posterior.
  • Olvidar el segundo plazo. Avisar a tiempo no basta si luego pasan más de 30 días sin devolver el dinero.
  • Pensar que desistir sale gratis. Pagas los intereses de los días que tuviste el dinero, salvo que el préstamo no tenga intereses.
  • Confundirlo con cancelar una solicitud. Si todavía no has firmado, no hay contrato del que desistir; mira cómo cancelar una solicitud.

¿En qué se diferencia del reembolso anticipado?

El desistimiento (artículo 28 de la Ley 16/2011) deja sin efecto el contrato y solo se puede ejercer en los primeros 14 días. El reembolso anticipado (artículo 30) cumple el contrato antes de tiempo, total o parcialmente, y se puede pedir en cualquier momento. Al desistir no hay compensación. Al adelantar el pago, la ley permite al prestamista cobrar una compensación con límites, aunque no todos la cobran.

Anular la domiciliación es una tercera cosa: impide cobrar recibos por esa vía, pero la deuda y los vencimientos siguen igual. Cómo se calcula un adelanto lo explica la guía de reembolso anticipado, y la comparación de las tres operaciones con nuestros préstamos está en desistimiento.